Concursos de arquitectura
2 junio, 2010Maqueta del Centro de Salud Valparaíso
22 septiembre, 2010El pasado día 7 de Julio entró en vigor la nueva Ley de la Morosidad, ésta Ley fija unos plazos máximos de 60 días para los pagos de empresas a sus proveedores y de 30 días en el caso de las Administraciones Públicas, eso sí con un período de adaptación que se alargará hasta el 2.013, no sea que le diera un soponcio a más de uno al enterarse.
De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Gobierno a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) está obligado a articular una línea de crédito a los Ayuntamientos que tengan deudas contraídas con empresas y autónomos, en este grupo debe estar la inmensa mayoría de los Ayuntamientos de España.
El objetivo es que nuestro país se acerque a los plazos de pago que existen en el resto de Europa.
La Administración española en general, incluyendo la Central, las Autonómicas y las Locales tiene en este momento una deuda estimada de 38.000 millones de euros con varias compañías que le han suministrado productos o servicios.
Entre esos proveedores de servicios estamos muchos arquitectos, que vemos como nos es casi imposible mantener abierta la puerta de nuestros estudios, pagar las nóminas de nuestros empleados y los gastos que tenemos, para poder trabajar para la Administración tras haber ganado un duro Concurso de Arquitectura.
Sí amigos los males no se terminan cuando POR FIN hemos sido capaces de ganar un Concurso, una vez ganado y aceptados los lentos…cansinos…plazos de pago de la Administración, cuando ya podemos pasar una factura por alguno de nuestros trabajos, nos encontramos con que la complicada maquinaria burocrática por la que ha de pasar esa factura es interminable, véase:
Se entrega en Registro que la enviará primero a Contratación que comprobará la adecuación de la factura a lo que tenemos contratado, a continuación Contratación la enviará a los técnicos supervisores para saber si hemos hecho bien el trabajo que pretendemos cobrar, si éstos lo ven correcto la enviarán de nuevo a Contratación que la enviará luego a Intervención, Intervención estudiará si existe partida presupuestaria asignada para el pago, y de nuevo a Contratación, quién la enviará luego a Tesorería que verá si existen fondos para pagarla (casi nunca existen), Tesorería verá cómo encajar ese pago dentro de los muchísimos pagos que tiene que hacer y si encaja en alguna de las remesas de pago la enviará a Caja para pagarla. Por supuesto en cualquiera de estos pasos o en varios de ellos la factura se puede atascar, por muy diversos motivos.
Todos los funcionarios que intervienen en el proceso cobran por supuesto sus nóminas puntualmente de la Administración a final de mes, pero les importa un pito si nosotros no cobramos «porque las cosas tienen sus plazos». Por nuestra parte también tenemos que pagar a nuestros colaboradores y a la Seguridad Social (que también es Administración) todos los meses y declarar a Hacienda (que también es Administración) y pagar en su caso cada trimestre por el IVA de esa factura que a nosotros no nos pagan.
Con todo esto el plazo de pago en el mejor de los casos de la Administración mejor pagadora de España está en este momento entre 120 y 150 días. Ese es sin duda uno de los mayores problemas que tenemos para superar la crisis económica en la que estamos sumidos.
Así que bienvenida la Ley de la Morosidad que nos va a equiparar a otros países europeos, y que nos hará pasar a plazos de pago de una cuarta parte de los actuales, ojalá sea así, pero yo necesito VERLO PARA CREERLO.
Miguel Ángel Álvarez